Pensión de jubilación no contributiva: ¿se puede considerar al nieto como miembro de la unidad económica de convivencia?

La respuesta es afirmativa.

El nieto que vive con la abuela solicitante de la pensión de jubilación no contributiva y su marido, debe computarse como miembro de una unidad económica de convivencia formada por 3 personas.

Y ello, aunque la madre del menor, que vive en otro domicilio, sin formar parte de la unidad familiar, tenga ingresos propios.

Así lo ha venido a aclarar definitivamente el Tribunal Supremo en su Sentencia de fecha 28 de junio de 2012.

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