Obligación de devolver el dinero de una subvención

La obligación de devolver el dinero de una subvención por no haberse justificado el gasto realizado con la misma no es una sanción, sino un deber que es independiente de la sanción económica que se puede imponer por la comisión de una infracción de la Ley General de Subvenciones.

Al respecto, el Tribunal Supremo ya ha declarado de manera reiterada que el reintegro es ajeno e independiente del ejercicio de la potestad sancionadora, de modo que no resultan aplicables los artículos 134 a 138 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ni en general el procedimiento sancionador previsto en esta Ley, cuando de lo que se trata es obtener la devolución de una subvención.

Por otro lado, el otorgamiento de las subvenciones ha de estar determinado por el cumplimiento de las condiciones exigidas por la norma correspondiente (Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 21 de marzo de 2007).

Por consiguiente, las cantidades otorgadas en concepto de subvención están vinculadas al cumplimiento de la actividad prevista y poseen un carácter condicional, en el sentido de que su otorgamiento se produce siempre bajo la condición resolutoria de que el beneficiario tenga un determinado comportamiento o realice una determinada actividad en los términos en que procede su concesión.

Lo anterior supone que la concesión de una subvención o ayuda pública genera inexcusables obligaciones a los beneficiarios de ella, de modo que el incumplimiento de las condiciones bajo las que se otorga o la falta de justificación de su empleo a los fines para los que se concedió, determina la procedencia de la devolución de lo percibido

Así, quien pretende obtener en su provecho caudales públicos por la vía de la subvención debe guardar una conducta respetuosa con las obligaciones, materiales y formales, a cuyo cumplimiento se subordina la entrega de aquéllos.

Entre las obligaciones formales se encuentra, sin duda, la de justificar o acreditar ante la Administración que el beneficiario ha realizado las actuaciones (mantenimientos de fondos propios, inversión productiva, creación de puestos de trabajo, etcétera) a cuya ejecución venía subordinada la concesión del incentivo.

Y el incumplimiento de las obligaciones de forma, aunque tengan un carácter instrumental, también puede determinar, en aplicación de los preceptos legales, o bien el decaimiento del derecho a obtener el beneficio o bien el deber de reintegrar su importe.

De este modo, la obligación de justificar la realización de los compromisos asumidos tiene unos componentes materiales y otros formales (entre ellos, los relativos al tiempo en que ha de hacerse la acreditación), todos los cuales integran el haz de deberes inherente a la propia obligación (Sentencia de la Audiencia Nacional de fecha 30 de enero de 2013).

11 comentarios en «Obligación de devolver el dinero de una subvención»

  1. buenos dias me proporcionaron una subvención de 12000 euros para montar una empresa, que esta en funcionamiento

    y aunque cumpli todas las bases , negaron la subveción y exigen la devolucion

    hice un recurso de alegación que ni siquiera miraron

    tengo un expediente del tamaño de un archivador

    el caso es que no puse un recurso contencioso administrativo

    de momento me solicitan los 12000 euros que me entregaron mas 2500 como sanción, actualmente no dispongo de dicho importe podría proceder de algún modo

    algún recurso excepcional ?

    que podrian llegar a hacerme

  2. Hola, tengo que devolver una subvención de 13600€ de Gobierno de Canarias concedidad para nuevas tecnologias • Que, con fecha 30 de Septiembre de 2013 le ha sido notificada resolución de la Dirección General de Industria y Energía por la que se declara transcurrido el plazo de justificación, así como el incumplimiento de determinadas condiciones de la subvención concedida a la entidad, con las actuales condiciones de la empresa no ha podido ni contratar personal pero si comprar maquinaria pero antes de fecha de subvención por error , presentando las facuras de la compra pero no aceptadas por estar fuera de fecha de la fecha de subvención. Como puedo alegar que no puede la empresa devolver este dinero porque entonces ya tendria que cerrar el negocio, al no poder devolver esa cantidad, o como se suele resolver estos casos.
    Gracias

    1. Hola Esteban, buenos días!

      En primer lugar, queremos darte las gracias por confiar en nosotros.

      Te informamos que para poder enviarte la respuesta a tu consulta sobre la obligación de devolver la subvención, debes hacer el pago de 20€, IVA incluido, a través de nuestra página web, “consultas normales”, o bien 25€, IVA incluido, “consultas urgentes”. Las “consultas normales” se contestan en menos de 3 días y las “consultas urgentes” en menos de 24 horas.

      El estudio detallado y riguroso de las respuestas a los problemas legales requiere que una persona especializada con conocimientos técnicos invierta su tiempo en redactar la contestación a tus preguntas. Si nos permites el consejo, desconfía de las respuestas gratuitas.

      Cualquier empresa o profesional serio, con independencia de a qué se dedique (médico, arquitecto, asesor fiscal, carpintero, mecánico, electricista, etc.) cobra por sus servicios, aunque sea una pequeña cantidad.

      Si tienes alguna duda estamos a tu disposición para ayudarte.

      Muchas gracias de nuevo por tu confianza!!

      El equipo técnico de “consultasderecho.com”

  3. Hola buenos días, me dieron una subvención de 3500 € supuestamente por estar dado de alta en la mejora del empleo. La subvención era para jóvenes emprendedores. Como requisito indispensable era estar apuntado en el paro, pero en ese momento yo estaba dado de alta trabajando para una empresa 4h/semana. lo cual no era nada… pero como he dicho estaba dado de alta en la mejora del empleo.

    Resulta que ahora, al cabo de 10 meses me pidan que la devuelva porque en el momento que me di de alta como autónomo yo esta trabajado con mi contrato de 4h/semana.

    El error parece que fue de ellos porque en primer lugar parece que no me correspondía. Y en segundo porque no comprobaron mis datos.

    Pienso el contrato que tenía era una basura y no cobraba casi nada… Si esto es apoyar a los jóvenes en el autoempleo… que venga la cospedal y me diga!!!

    Hay algo que pueda hacer???? Muchas gracias

    1. Hola David, buenos días:

      En primer lugar, queremos darte las gracias por confiar en nosotros.

      Te informamos que para poder enviarte la respuesta a tu consulta sobre la devolución de la subvención, puedes hacer el pago de 20€, IVA incluido, a través de nuestra página web, “consultas normales”, o bien 25€, IVA incluido, “consultas urgentes”. Las “consultas normales” se contestan en menos de 3 días y las “consultas urgentes” en menos de 24 horas.

      El estudio detallado y riguroso de las respuestas a los problemas legales requiere que una persona especializada con conocimientos técnicos invierta su tiempo en redactar la contestación a tus preguntas.

      Si nos permites el consejo, desconfía de las respuestas gratuitas. Cualquier empresa o profesional serio, con independencia de a qué se dedique (médico, arquitecto, asesor fiscal, carpintero, mecánico, electricista, etc.) cobra por sus servicios, aunque sea una pequeña cantidad.

      Si tienes alguna duda estamos a tu disposición para ayudarte.

      Muchas gracias de nuevo por tu confianza!!

      El equipo técnico de “consultasderecho.com”.

  4. Hola buenas tardes,hace algo mas de un año monte un negocio,me dieron 70500 de subvencion.,he tenido que cerrar pero he seguido con oyra actividad como autonoma y no me va bien,mi pregunta es,si me doy de baja como autonoma cuanto tendria de devolver??.me obligan a estar dos años pero solo llevo 15 meses…y podria pagar de forma prorrogable???

    1. Hola Carmen, buenas tardes:

      En primer lugar, queremos darte las gracias por confiar en nosotros.

      Te informamos que para poder enviarte la respuesta a tu consulta sobre la devolución de una subvención, puedes hacer el pago de 20€, IVA incluido, a través de nuestra página web, “consultas normales”, o bien 25€, IVA incluido, “consultas urgentes”. Las “consultas normales” se contestan en menos de 3 días y las “consultas urgentes” en menos de 24 horas.

      El estudio detallado y riguroso de las respuestas a los problemas legales requiere que una persona especializada con conocimientos técnicos invierta su tiempo en redactar la contestación a tus preguntas.

      Si nos permites el consejo, desconfía de las respuestas gratuitas. Cualquier empresa o profesional serio, con independencia de a qué se dedique (médico, arquitecto, asesor fiscal, carpintero, mecánico, electricista, etc.) cobra por sus servicios, aunque sea una pequeña cantidad.

      Si tienes alguna duda estamos a tu disposición para ayudarte.

      Muchas gracias de nuevo por tu confianza!!

      El equipo técnico de “consultasderecho.com”.

  5. Hola, soy becaria de una subvención que ha otorgado la junta y que no se ha podido justificar correctamente, ahora dicen que tengo que devolver el dinero de mis nóminas y no tengo ese dinero. No sería responsabilidad de la empresa que me contrató y no mía? Gracias por la ayuda

  6. Hola, buenas tardes, expongo mi caso por si me pudieran asesorar:

    En 2012 cuando estaba cursando Bachiller, solicité una beca de 2000€ para estudiar. Primeramente me dieron dicha beca, pero unos meses después, me llegó una carta solicitando la devolución de la beca, ya que no cumplía uno de los requisitos (no llegaba a la nota media solicitada, dato que yo tampoco sabía). Para ese entonces, ya había gastado el dinero de la beca, en libros y un ordenador. Estudiando en bachiller, evidentemente carecía de trabajo y no podía pagar la devolución. Por lo que comenzaron a embargarme dinero de mi cuenta bancaria, por lo que la anulé. Después me fui a estudiar al extranjero y ahora volví a España y no sé muy bien que hacer, ya que me gustaría no tener problemas con Hacienda, sobre todo de cara a mi nuevo el empleo. Un saludo y gracias!

Deja una respuesta