Concurso de acreedores. IRPF.

Los créditos por retenciones por IRPF contra el deudor correspondientes a rentas o salarios abonados con anterioridad a la declaración del concurso, con independencia del momento de conclusión del plazo para el ingreso, constituyen créditos concursales (Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 31 de enero de 2011).

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